| Sentencia | Caso | | VIGENTE | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 13/03/2018 | Art. 1.1. Obligación de respetar los Derechos; Art. 4.1 Derecho a la vida; Art. 5.1. Derecho a la Integridad Personal; Art. 8.1. Derecho a las garantías judiciales; Art. 13.1. Libertad de Pensamiento y de Expresión; Art. 17. Protección a la Familia; Art. 19. Derechos del Niño; Art. 22. Derecho de circulación y de residencia; Art. 25. Protección Judicial. | El 16 de abril de 1998, el periodista y exconcejal Nelson Carvajal Carvajal fue asesinado por motivos relacionados con el ejercicio de su profesión en el municipio de Pitalito, Huila, donde realizaba periodismo de investigación en relación con hechos de corrupción política, lavado de dinero del narcotráfico y tráfico de armas en la zona, que comprometían, entre otros, al alcalde municipal. El homicidio se produjo en un contexto de altos índices de homicidios contra periodistas, y de alta impunidad en su enjuiciamiento. | Investigaciones judiciales, tratamiento psicológico o psiquiátrico, publicaciones de la sentencia, acto público de reconocimiento de responsabilidad, garantías para el retorno al país de los familiares de la víctima que están exiliados, remitir los informes periódicos, remitir a la Corte copia de los informes periódicos a los organismos de la ONU y la OEA en materia de libertad de prensa, pagar las indemnizaciones, remitir el informe de cumplimiento. |
| Sentencia | Caso | | VIGENTE | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 31/08/2017 | Violaciones de los derechos a la previstos en los artículos 3, 4.1, 5.1, 5.2 y 7 de la Convención AmericanaDerecho a la integridad física Derecho a la inviolabilidad del domicilio Derecho a la libertad personal de las personas desaparecidas Derecho a la propiedad Derecho a la protección judicial Derecho a las garantías judiciales Derecho a la vida Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica Derechos de los niños y las niñas Desaparición forzada Homicidios Violación a los Derechos Humanos | Desaparición forzada de 16 personas, incluyendo tres niños, y la presunta ejecución de otra persona, ocurridas en la Vereda La Esperanza del municipio de El Carmen de Viboral (Antioquia), entre el 21 de junio y el 27 de diciembre de 1996. Se alega que oficiales de las Fuerzas Armadas colombianas habrían coordinado con miembros del grupo paramilitar denominado Autodefensas del Magdalena Medio las distintas incursiones a vereda. | Investigaciones; ubicación de los desaparecidos; publicaciones del fallo; acto público de reconocimiento de responsabilidad; tratamiento médico y psicológico; construcción de monumento; otorgamiento de becas universitarias; pago de indemnizaciones, costas y fondo de asistencia legal; remisión del informe anual. |
| Sentencia | Caso | | VIGENTE | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 22/11/2016 | Artículo 1.1 Arts. 7.1, 7.2, y 7.3. Derecho a la libertad personal Art. 4 Deber de garantizar el derecho a la vida Art. 8.1 Derecho a las garantías judiciales Arts. 5.1 y 11.1 Derechos a la integridad personal y a la protección de la honra y de la dignidad Art. 16 Derecho a la libertad de asociación Art. 17. Derecho a la protección de la familia Art. 19. Derechos del niño Art. 21.1 Derecho a la propiedad privada Art. 22.1. Deber de garantizar el derecho de circulación y de residencia Art. 25.1 Derecho a la protección judicial | Asesinato de la defensora de DD.HH Ana Teresa Yarce, detención ilegal y arbitraria de 3 defensoras de la Comuna 13 en Medellín. No se adoptaron medidas necesarias para atender la situación de desplazamiento de las defensoras de DD.HH. Violación de las garantías judiciales y el derecho a la protección judicial. | Publicaciones del fallo; indemnizaciones; pago al fondo de asistencia legal; tratamiento médico y psicológico; acto público de reconocimiento de responsabilidad; curso o taller para defensores de derechos humanos; informe anual de cumplimiento. |
| Sentencia | Caso | | VIGENTE | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 26/02/2016 | Convención Americana de Artículo 1. Obligación de Respetar los Derechos. Artículo 24 Derecho a la igualdad ante la ley y a la no discriminación Otros temas: discriminación con ocasión de la orientación sexual | Negación de la pensión de sobreviviente de Ángel Alberto Duque cuya pareja homosexual falleció en 2001 y de la que dependía económicamente. Legislación de la época de los hechos no contemplaba posibilidad de acceder a esta pensión a parejas del mismo sexo. | Publicaciones del fallo; trámite y reconocimiento de pensión; remisión de informe anual de cumplimiento; pago de costas, daño inmaterial y fondo de asistencia legal. |
| Sentencia | Caso | | VIGENTE | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 14/11/2014 | Convención Americana sobre Derechos Humanos: Artículo 1. Obligación de Respetar los Derechos Artículo 2. Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno Artículo 3. Derecho al Reconocimiento de la Personalidad Jurídica Artículo 4. Derecho a la Vida Artículo 5. Derecho a la Integridad Personal Artículo 7. Derecho a la Libertad Personal Artículo 8. Garantías Judiciales Artículo 11. Protección de la Honra y de la Dignidad Artículo 25. Protección Judicial | Desaparición forzada de doce personas durante el operativo de retoma del Palacio de Justicia del 6 de noviembre de 1985. Asimismo, el caso se relaciona con la desaparición y posterior ejecución del Magistrado Carlos Urán y de la detención y tortura de cuatro personas. | Acto Público de reconocimiento de responsabilidad internacional; realización de publicaciones; pago de indemnizaciones, costas y gastos; realización de documental audiovisual; ubicación y entrega de restos mortales de desaparecidos; tratamiento médico y psicológico |
| Sentencia | Caso | | VIGENTE | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 20/11/2013 | Convención Americana sobre Derechos Humanos: Art. 1.1 Obligación de respetar los Derechos. Art. 4 Derecho a la Vida. Art. 5 Derecho a la Integridad Personal. Art. 8 Garantías Judiciales. Art. 11 Protección de la Honra y de la Dignidad. Art. 17 Protección a la Familia. Art. 19 Derechos del Niño. Art. 21 Derecho a la Propiedad Privada. Art. 22 Derecho de Circulación y Residencia. Art. 24 Igualdad ante la Ley. Art. 25 Protección Judicial. | En la Operación Militar denominada “Génesis” y las incursiones paramilitares llevadas a cabo conjuntamente, entre el 24 y el 27 de febrero de 1997, en las comunidades afrodescendientes de la cuenca del río Cacarica en el Chocó, varios centenares de pobladores de la cuenca se vieron forzados a desplazarse a Turbo, Bocas de Atrato y Panamá, donde permanecieron en diferentes asentamientos durante 4 años en situación de hacinamiento y precarias condiciones de vida. El 27 de febrero de 1997 en el caserío de Bijao un grupo de paramilitares apodados “manito” y “diablito” , acusaron de ser integrante de la guerrilla a Marino López; y lo asesinaron utilizando como método la tortura. | Publicaciones del fallo; remisión del informe de cumplimiento; impulso a las investigaciones; indemnizaciones y garantía del uso, goce y restitución de los territorios; celebración de un acto de disculpas públicas; tratamiento médico y psicosocial; garantía de las condiciones de seguridad en los territorios. |
| Sentencia | Caso | | VIGENTE | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 30/11/2012 | Convención Americana sobre Derechos Humanos: Art. 1.1 Obligación de respetar los Derechos. Art. 4 Derecho a la Vida. Art. 5 Derecho a la Integridad Personal. Art. 19 Derechos del Niño. Art. 21 Derecho a la Propiedad Privada. Art. 22 Derecho de Circulación y de Residencia. | El 13 de diciembre de 1998 desde un helicóptero de la Fuerza Aérea Colombiana se lanzó un dispositivo clúster sobre la zona urbana de la vereda de Santo Domingo, Arauca, lo que resultó en 17 civiles muertos, entre ellos 6 menores, y 27 civiles heridos. Tras los hechos, toda la población de Santo Domingo se desplazó y en enero de 1999 retornó a fin de reconstruir sus viviendas. | Informe de cumplimiento; publicaciones del fallo; pago de gastos y costas; celebración de acto de disculpas públicas; pago de indemnizaciones; otorgamiento de tratamiento médico y psicosocial. |
| Sentencia | Caso | | VIGENTE | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 03/09/2012 | Convención Americana sobre Derechos Humanos: Art. 1.1 Obligación de respetar los Derechos. Art. 5 Derecho a la Integridad Personal. Art. 8 Garantías Judiciales. Art. 13 Libertad de Pensamiento y de Expresión. Art. 17 Protección a la Familia. Art. 19 Derechos del Niño. Art. 22 Derecho de Circulación y de Residencia. Art. 25 Protección Judicial. | El 29 de agosto de 1996, en el municipio de Morelia, Caquetá, Luis Gonzalo Vélez Restrepo fue víctima de un ataque perpetrado por el Ejército Nacional, mientras filmaba una manifestación de campesinos en contra de la destrucción de los cultivos de hoja de coca. En el contexto de las investigaciones judiciales y disciplinarias, el señor Vélez Restrepo y su familia sufrieron reiteradas amenazas de muerte y acoso, que culminaron el 6 de octubre de 1997 con una “tentativa de desaparición forzada”. | Condiciones de seguridad para el retorno; pago de gastos médicos en el exterior; publicaciones; indemnizaciones y costas; remisión del informe anual de cumplimiento; incorporación de un módulo en DDHH dirigido a la formación de las ffmm; impulso a las investigaciones penales. |
| Sentencia | Caso | | VIGENTE | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 26/05/2010 | Convención Americana sobre Derechos Humanos:Artículo 1. Obligación de Respetar los Derechos Artículo 4. Derecho a la Vida Artículo 5. Derecho a la Integridad Personal Artículo 8. Garantías Judiciales Artículo 11. Protección de la Honra y de la Dignidad Artículo 13. Libertad de Pensamiento y de Expresión Artículo 16. Libertad de Asociación Artículo 22. Derecho de Circulación y de Residencia Artículo 23. Derechos Políticos Artículo 25. Protección Judicial | El 9 de agosto de 1994, el Senador de la UP Manuel Cépeda Vargas fue asesinado cuando se desplazaba desde su vivienda al Congreso de la República. | Indemnizaciones; acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; publicaciones del fallo; medidas de protección para garantizar la vida e integridad familiares; instauración de la beca "Manuel Cepeda Vargas"; tratamiento médico y psicosocial; impulso a la investigación penal. |